Preguntas Frecuentes Microcrédito Prospera

1. ¿Cuál es el portafolio de seguros que puedes financiar junto con tu microcrédito Prospera?


» Seguro obligatorio de vida deudor.
» Seguro voluntario de accidentes personales.




2. ¿Cómo puedo solicitar la copia de la póliza?


Por medio de nuestros canales de atención al cliente:
» Correo: servicioalcliente@santanderconsumer.co
» Línea de atención: 601 743 43 01
» WhatsApp: +571 743 43 01




3. ¿Cuál es la cobertura que tiene el seguro de vida deudor?


» Cobertura Básica de vida: fallecimiento por cualquier causa, incluyendo suicidio, homicidio, terrorismo, accidente y enfermedad, ocurrido durante la vigencia de la póliza.

» Incapacidad Total y Permanente (ITP): Incapacidad total y permanente que sea consecuencia de un accidente o de enfermedad con fecha de estructuración ocurrida durante la vigencia de la póliza.




4. ¿Cuáles son las edades mínimas y máximas de ingreso a la póliza de vida deudor?


» Edad mínima de ingreso: 18 años.
» Edad máxima de ingreso: 75 años +364 días.
» Edad máxima de permanencia a la póliza: hasta el pago total de las obligaciones del microcrédito Prospera.




5. ¿Cómo iniciar la reclamación del seguro de vida deudor y qué documentos son requeridos?


La reclamación se debe realizar a través de cualquiera de las siguientes líneas de servicio al cliente:
» Correo: servicioalcliente@santanderconsumer.co
» Línea de atención: 601 743 43 01
» WhatsApp: +571 743 43 01


Cobertura básica de vida:

» Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
» Registro civil de defunción.
» Copia de la historia clínica completa.
» Carta de certificación del saldo insoluto del microcrédito Prospera emitida por el tomador de la póliza.


Cobertura incapacidad total permanente:

» Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
» Copia de la declaración del médico tratante e historia clínica completa.
» Calificación de la incapacidad total y permanente emitida por junta regional o nacional de calificación de pérdida de capacidad laboral. Se debe adjuntar la ponencia.
» Certificación del saldo insoluto de la deuda emitida por el tomador de la póliza.




6. ¿Cuál es la cobertura del seguro de accidentes personales?


Es una póliza diseñada para proteger a nuestros clientes ante situaciones inesperadas.
Coberturas:
» Muerte accidental: Si el asegurado fallece como consecuencia de un accidente. Se entiende por accidente el hecho violento, visible, externo, imprevisto, repentino e independiente de la voluntad del asegurado que le cause el fallecimiento.

»Incapacidad temporal para trabajadores independientes: cuando el asegurado padezca una incapacidad total temporal causada por accidente o enfermedad durante la vigencia de la póliza que le impida ejecutar sus tareas y labores diarias y mientras permanezca en situación de incapacidad o hasta alcanzar el número de cuotas de la cobertura, según se indica a continuación:

Tabla días de incapacidad

» Enfermedades graves: si el asegurado es diagnosticado por un médico legalmente autorizado y por primera vez, de alguna de las siguientes enfermedades (siempre y cuando hayan transcurrido por lo menos sesenta (60) días calendario desde el inicio de vigencia de la póliza).

listado de enfermedades

» Auxilio exequial: si el asegurado fallece como consecuencia de un accidente amparado por la póliza, se pagará la suma asegurada para este amparo al (los) beneficiario (s) designado (s) o en su defecto los de ley, para sufragar los gastos funerarios.



» Diagnóstico de cáncer in situ: si al asegurado le es diagnosticado por primera vez cáncer IN SITU, por un médico legalmente autorizado para ejercer la profesión, se pagará el valor asegurado contratado para este amparo, siempre y cuando el primer diagnóstico ocurra una vez transcurridos sesenta (60) días calendario desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza.



» Beneficio por desmembración: se indemnizará al asegurado, cuando a causa de un accidente sufra la pérdida o inhabilitación funcional total y definitiva de un órgano o miembro lesionado, en forma tal que no pueda desarrollar ninguna de sus funciones naturales.



» Diagnóstico de cáncer in situ: si al asegurado le es diagnosticado por primera vez cáncer in situ, por un médico legalmente autorizado para ejercer la profesión, Mapfre pagará el valor asegurado contratado para este amparo, siempre y cuando el primer diagnóstico ocurra una vez transcurridos sesenta (60) días calendario desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza. el pago de esta cobertura generará la terminación automática de la cobertura de enfermedades graves.




7. ¿Que se excluye de la cobertura del seguro de accidentes personales?



Cobertura de Muerte Accidental y Exequial:
» Suicidio o lesión intencionalmente causada por el asegurado a sí mismo, ya sea en estado de cordura o demencia.
» Prácticas y competencias deportivas de alto riesgo.
» Culpa grave del asegurado, así como los derivados de actos delictivos.
» Accidente, enfermedad mental o corporal o cualquier dolencia o tara preexistente.
» Cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia de bebidas embriagantes o de alucinógenos.
» Convulsiones de la naturaleza de cualquier clase; fisión, fusión nuclear o radiactividad.
» Actos de terrorismo o de guerra declarada o sin declarar.

Cobertura de Incapacidad Temporal:
» El asegurado no acredita haber estado ejerciendo su actividad económica, durante al menos ciento ochenta (180) días calendario previos a la ocurrencia del siniestro.
» Guerra (haya sido o no declarada), golpe de estado, estado de conmoción interior, asonada, rebelión, sedición, terrorismo, revolución, incluyendo daños ocasionados, por armas de destrucción masiva inmediata o a largo plazo.
» Convulsiones de la naturaleza de cualquier clase, fisión, fusión nuclear o radioactividad.
» Pandemias.
» Encontrarse interno en ancianatos hoteles, asilos, casas de reposo o convalecencia, clínicas neuropsiquiátricas, instituciones dedicadas al tratamiento de adicción a las drogas o al alcohol.
» Enfermedades o lesiones existentes antes de la fecha de inicio de vigencia de la póliza
» Consumo voluntario de sustancias alucinógenas o embriagantes y sea esta la causa de la incapacidad temporal.
» Cualquier accidente que surja de la realización de actividades peligrosas o ilegales.
» Incapacidades derivadas de cualquier procedimiento quirúrgico electivo.
» Incapacidad como consecuencia de parto, embarazo normal o interrupción voluntaria del embarazo, y sus consecuencias.
» Lesiones derivadas de accidentes aéreos en aeronaves militares o privadas que no cuenten con licencia para llevar pasajeros.


Cobertura de Enfermedades Graves y Cáncer In Situ:
» La tentativa de suicidio o lesiones intencionalmente causadas por el asegurado a sí mismo, ya sea en estado de cordura o demencia.
» La presencia del virus del sida con prueba confirmatoria, descubierto mediante test de anticuerpos o virus de sida con resultado positivo, así como cualquier otra enfermedad derivada de este virus.
» Enfermedades o lesiones diagnosticadas o tratadas con anterioridad a la iniciación de la vigencia del presente amparo.
» Enfermedades o lesiones derivadas del uso de alcohol o sustancias psicoactivas.


Cobertura de Desmembración:
» Cualquier clase de enfermedad.
» Tratamiento médico o quirúrgico.
» Suicidio o tentativa de suicidio.
» Los actos causados por violación por parte del asegurado, de cualquier norma.




8. ¿Cuáles son las edades mínimas y máximas de ingreso a la póliza de accidentes personales?



Cobertura




9. ¿Cómo puedo dar por terminado el seguro de accidentes personales?



A través de cualquiera de las siguientes líneas de servicio al cliente:
» Correo: servicioalcliente@santanderconsumer.co
» Línea de atención: 601 743 43 01
» WhatsApp: +571 743 43 01




10. ¿Cómo iniciar la reclamación del seguro de accidentes personales y qué documentos son requeridos?



La reclamación se debe realizar a través de cualquiera de las siguientes líneas de servicio al cliente:
» Correo: servicioalcliente@santanderconsumer.co
» Línea de atención: 601 743 43 01
» WhatsApp: +571 743 43 01


Cobertura muerte accidental: » Copia del documento de identidad del asegurado.
» Copia del registro civil de defunción del asegurado.
» Documentos que acrediten la calidad de los beneficiarios.
» Acta de levantamiento del cadáver.
» Fotocopia del protocolo de Necropsia.
» Prueba de alcoholemia.
» Certificación bancaria de los beneficiarios.
» SARLAF y Finiquito si hay lugar a pago.

Cobertura Incapacidad Temporal para trabajadores Independientes: » Copia del documento de identidad del asegurado.
» Original de la certificación expedida por la Entidad Promotora de Salud (EPS), o por el médico tratante y la historia clínica completa o epicrisis, precisando la fecha de inicio de la incapacidad y la fecha de terminación, la cual debe ser igual o mayor a 30 días.
» Certificado del valor de la cuota mensual del crédito expedido por el Tomador a la fecha de la incapacidad del deudor.
» SARLAF y Finiquito si hay lugar a pago. .

Cobertura Enfermedades Graves y Cáncer In Situ: » Copia del documento de identidad del asegurado.
» Copia de historia clínica completa.
» Exámenes de diagnóstico de patología.
» SARLAF y Finiquito si hay lugar a pago.


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