Bre-B Empresas

Reglamento del Servicio de Sistema de Pagos Inmediatos Bre-B

Banco Santander Colombia S.A.

seguros

1. Definiciones


1.1. Cliente: Persona natural o jurídica con actividad comercial titular del Medio de Pago.
1.2. Código QR (Quick Response Code): código de respuesta rápida, es un elemento gráfico, bidimensional que almacena datos digitales que puede ser leído por equipos electrónicos con capacidad para ello. Pueden ser estáticos o dinámicos y deberán cumplir con las condiciones establecidas por la regulación aplicable.
1.3. Devolución: corresponde a la solicitud efectuada por un Originador a un Cliente que tiene como objetivo requerir la devolución de los fondos correspondientes a un pago efectuado a favor del Cliente.
1.4. Directorio de Llaves: Infraestructura que permite la asociación entre Llaves y Medios de Pago para efectos de enrutamiento de transacciones.
1.5. Llave: Identificador único asociado a un Medio de Pago que permite la recepción de pagos dentro del sistema Bre-B, conforme al numeral 3.4.1 de la DSP-465.
1.6. Llave Alfanumérica: Identificador compuesto por caracteres definidos, que podrá ser asignado por el Cliente o por el Participante en los casos previstos en la regulación.
1.7. Llave Tipo Código de Comercio: Identificador asociado a un establecimiento de comercio o comercio afiliado, que permite recibir pagos en el esquema P2M. Este identificador podrá corresponder al código único del comercio asignado por el Participante o por el sistema de adquirencia.
1.8. Medio de Pago: Producto financiero (cuenta, depósito u otro) habilitado para enviar y recibir pagos inmediatos.
1.9. Originador: Es la persona natural que inicia el envío de dinero o realiza un pago a favor del Cliente utilizando el Código QR, cuyos recursos provienen de la entidad donde el Originador tiene depositado su dinero.
1.10. Participante: Entidad financiera que ofrece el acceso al sistema Bre-B. Para los fines del presente documento será Banco Santander Colombia S.A.
1.11. P2M: Es una transferencia de dinero desde la cuenta de depósito de una persona natural (cuenta de ahorros o corriente) hacia la cuenta de una persona jurídica.
1.12. Reversión: Es la solicitud efectuada por un Originador a un Cliente que tiene como objetivo requerir la reversión total o parcial de la operación de pago cuando las ventas de bienes o servicios se realicen en venta no presente mediante mecanismos de comercio electrónico.

2. Objeto


A través del presente documento se regulan las condiciones bajo las cuales el Cliente podrá registrar, utilizar, actualizar, modificar y/o cancelar la información asociados a las Llaves en el sistema Bre-B, incluyendo aquellas utilizadas para recibir pagos a comercios (P2M). Así mismo, autoriza el tratamiento de sus datos personales para los fines establecidos en el presente documento.

3. Alcance del servicio


El Participante pondrá a disposición del Cliente el servicio de pagos inmediatos 'Bre-B', en virtud del cual podrá recibir pagos y transferencias al instante a través de Códigos QR (el “Servicio”). El Servicio funcionará mediante el Sistema de Pagos Interoperable 'Bre-B', regulado por el Banco de la República, el cual conecta a diferentes tipos de entidades que se encuentren registradas, para que pueda recibirse dinero de forma rápida y segura.
El Servicio estará sujeto a los siguientes lineamientos:

3.1. Para efectuar uso del Servicio, el Cliente deberá contar con una cuenta de ahorros o cuenta corriente activa con el Participante (la “Cuenta”). Si por cualquier situación la Cuenta no se encuentra activa por cualquier motivo, el Participante podrá suspender el Servicio.
3.2. El Participante se reserva el derecho a definir el tipo de tecnología y/o herramientas a través de las cuales habilitará la generación del Código QR, asociado a las Llaves, mediante el cual, el Cliente podrá recibir recursos.
3.3. El Servicio y su forma de operación estará definido por lo dispuesto en la normativa colombiana aplicable. Debido a lo anterior, el Participante podrá ajustar el alcance de los Servicios situación que será debidamente informada por los canales que el Participante defina para tal fin.
3.4. Cualquier solicitud, petición, queja o reclamo del Cliente relacionada con el Servicio deberá ser canalizada a través de los canales indicados en el numeral 12 del presente documento


4. Tarifas


Las tarifas aplicables al Servicio serán aquellas acordadas entre el Participante y el Cliente y en caso de que no se encuentren pactadas, serán las publicadas por el Participante en su página web.
El Participante podrá incrementar las tarifas que cobra al Cliente, las cuales se le darán a conocer con una antelación no inferior a cuarenta y cinco (45) días calendario al día en que se aplique el incremento. El Participante dará a conocer dicho incremente mediante el canal determine idóneo y en cualquier caso el que la normatividad vigente señale para el efecto. Si transcurrido este tiempo, el Cliente continúa utilizando el Servicio, se entenderá que acepta las nuevas tarifas establecidas por el Participante.

5. Registro y asignación de llaves


5.1. El Cliente podrá registrar una o varias Llaves asociadas a un mismo Medio de Pago.
5.2. El registro de Llaves será realizado directamente por el Cliente, previa autenticación, salvo en los casos en que la regulación permita la asignación automática por parte del Participante.
5.3. El Participante podrá asignar Llaves alfanuméricas o Llaves tipo código de comercio en los siguientes eventos:

a) Creación o activación de un Medio de Pago.
b) Vinculación inicial del Participante al sistema Bre-B.
c) Vinculación o habilitación de un comercio dentro del esquema P2M.


5.4. Cada Llave estará asociada a un único Medio de Pago dentro del sistema, garantizando su unicidad.
5.5. El registro de Llaves implica la autorización para su inclusión en los Directorios de Llaves y su uso para la recepción de pagos interoperables.

6. Valor máximo de transferencia de fondos


De acuerdo con lo establecido por la regulación aplicable y las políticas internas del Participante, el valor máximo de la transferencia de fondos será de mil (1.000) unidades de valor básico (UVB).

7. Autorización y tratamiento de datos personales


7.1. El Cliente autoriza de manera previa, expresa e informada el tratamiento de sus datos personales y/o corporativos para:

a) Registro, administración y consulta de Llaves.
b) Validación de identidad y autenticación.
c) Procesamiento de transacciones y prevención de fraude.
d) Cumplimiento de obligaciones regulatorias y requerimientos de autoridades.
e) Intercambio de información con otros participantes del sistema Bre-b para efectos del enrutamiento, validación y procesamiento de pagos interoperables.

7.2. El tratamiento se realizará conforme a:

a) Ley 1581 de 2012.
b) Decreto 1377 de 2013.
c) Política de tratamiento de datos del Participante.
d) Las demás normas que las modifiquen adicionen o sustituyan.



7.3. Responsable del Tratamiento de Datos Personales
El responsable del Tratamiento de los Datos Personales es el Participante, cuyos datos de identificación y contacto serán informados al Cliente a través de sus canales oficiales.

7.4. El Cliente garantiza que cuenta con las autorizaciones necesarias para el tratamiento de datos cuando actúe en representación de un comercio o terceros.

7.5. Derechos del titular de los datos personales
El Cliente, en calidad de titular de los datos personales, tiene derecho a:

a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales
b) Solicitar prueba de la autorización otorgada para el tratamiento de sus datos
c) Ser informado, previa solicitud, respecto del uso que se les ha dado a sus datos personales
d) Presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por presuntas infracciones a la normativa aplicable
e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión de sus datos, cuando ello proceda
f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales



7.6. Procedimiento para el ejercicio de los derechos
El Cliente podrá ejercer sus derechos mediante los canales de atención dispuestos por el Participante, conforme a lo establecido en su Política de Tratamiento de Datos, la cual está disponible en www.santander.com.co

7.7. Transferencia y transmisión de datos
El Cliente autoriza que sus datos personales puedan ser transmitidos o compartidos con otros actores del sistema Bre-b, en calidad de Responsables o Encargados del tratamiento, para la correcta operación del sistema, procesamiento de pagos y cumplimiento de obligaciones regulatorias.
Cualquier transmisión o transferencia se hará cumpliendo estándares adecuados de seguridad, confidencialidad y protección de datos.

7.8. Conservación de la información
Los datos personales serán tratados durante el tiempo que sea necesario para cumplir con las finalidades autorizadas por el Cliente y conforme a las obligaciones legales aplicables. Posteriormente, podrán ser conservados para el cumplimiento de obligaciones legales o contractuales.

7.9. Medidas de Seguridad
El Participante implementará las medidas de seguridad administrativas, técnicas y humanas necesarias para la protección de los datos personales en contra de pérdidas, usos indebidos, accesos no autorizados y/o fraudes.

7.10. Prueba de la autorización
El Participante conservará evidencia de la autorización otorgada por el Cliente para el tratamiento de sus datos personales.

8. Obligación de actualización de información


8.1. El Cliente se obliga a mantener actualizada la información asociada a sus Llaves, incluyendo:

a) Número de teléfono móvil
b) Correo electrónico
c) Documento de identificación o NIT
d) Información del establecimiento de comercio



8.2. En caso de modificación de dicha información, el Cliente deberá:

a) Actualizar los datos en los canales del Participante.
b) Gestionar la modificación, sustitución o eliminación de la Llave correspondiente.


El Participante podrá suspender, bloquear o cancelar Llaves cuando detecte inconsistencias, desactualización o riesgos.

9. Modificación, sustitución, bloqueo y cancelación de llaves


9.1. Cualquier modificación de una Llave asociada a un Medio de Pago implicará:

a) La cancelación automática de la Llave previamente registrada.
b) La creación de una nueva Llave asociada al Medio de Pago.


9.2. La cancelación de la Llave anterior implica su eliminación del Directorio de Llaves y la imposibilidad de recibir pagos a través de la misma.
9.3. El Cliente acepta que no existe continuidad operativa entre la Llave anterior y la nueva, por lo cual deberá informar a sus contrapartes la nueva Llave.

10. Inactivación del Medio de Pago


10.1. En caso de que el Medio de Pago asociado a una Llave sea marcado como inactivo, el Participante deberá proceder con el bloqueo automático de la(s) Llave(s) asociada(s), impidiendo la recepción de pagos a través de las mismas.
10.2. Se entenderá como inactivo el Medio de Pago que no registre movimientos durante el periodo definido por la regulación aplicable o las políticas del Participante, incluyendo, entre otros, el término de seis (6) meses sin actividad.

11. Cancelación del Medio de Pago


11.1. En caso de cancelación definitiva del Medio de Pago, el Participante deberá:

a) Cancelar de manera automática todas las Llaves asociadas.
b) Eliminar dichas Llaves de los Directorios correspondientes.


11.2. A partir de la cancelación, no será posible recibir pagos mediante las Llaves previamente asociadas.

12. Efectos operativos


12.1. El Cliente reconoce que:

a) El bloqueo, cancelación o modificación de una Llave puede afectar la recepción de pagos.
b) Será su responsabilidad informar a terceros sobre cambios en sus Llaves.


12.2. El Participante no será responsable por pagos no recibidos como consecuencia de la inactivación, bloqueo o cancelación del Medio de Pago o de las Llaves asociadas.

13. Uso de las llaves


13.1. Las Llaves permiten identificar al Cliente como beneficiario en operaciones de pago dentro del sistema Bre-B.
13.2. En el caso de comercios, la Llave tipo código de comercio podrá ser utilizada para la generación de Códigos QR u otros mecanismos de aceptación de pagos.
13.3. El Cliente acepta que cualquier tercero que conozca una Llave podrá iniciar pagos hacia el Medio de Pago asociado.
13.4. El Cliente es responsable de la administración y uso adecuado de sus Llaves.


14. Seguridad y prevención de fraude


14.1. El Participante implementará mecanismos de seguridad y monitoreo conforme a la regulación vigente.
14.2. El Cliente deberá proteger sus credenciales y evitar el uso indebido de sus Llaves y Códigos QR.
14.3. El Participante podrá bloquear Llaves o transacciones ante indicios de fraude, suplantación o incumplimiento de las obligaciones del Cliente o de lo dispuesto en este documento.

15. Interoperabilidad


15.1. Las Llaves podrán ser utilizadas para recibir pagos desde cualquier entidad participante del sistema Bre-B.
15.2. La información asociada a las Llaves podrá ser consultada por otros participantes exclusivamente para el procesamiento de pagos.


16. Cancelación y portabilidad


16.1. El Cliente podrá eliminar sus Llaves en cualquier momento.
16.2. Las Llaves podrán ser portadas entre entidades conforme a la regulación aplicable.

17. Obligaciones del Cliente


El Cliente tendrá las siguientes obligaciones:
17.1. Realizar las Devoluciones y/o Reversiones asociadas a la no conformidad de los productos o servicios que comercializa y a las derivadas de las reclamaciones presentadas por el desconocimiento de la compra o cualquier otra tipología. Igualmente, deberá dar respuesta al Originador por este tipo de conceptos y, en consecuencia, cuando proceda, realizar el trámite de reembolso de los recursos al Originador a través de los canales que el Banco disponga para tal fin, dentro de los tiempos establecidos en la normativa aplicable.
17.2. En el evento en que sea procedente la Devolución y/o Reversión, el Cliente deberá contar con la disponibilidad de los fondos en la Cuenta para que dichos recursos sean utilizados para efectuar la Devolución, en cuyo caso autoriza al Banco a debitar dichos recursos para que se realice tal Devolución y/o Reversión. En cualquier caso, cuando un pago sea objeto de Devolución y/o Reversión no operará a favor del Cliente la devolución de la tarifa cobrada por el Banco por la prestación del Servicio.
17.3. Reintegrar al Banco cualquier costo en el que este último incurra relacionado con el Servicio, tal como, pero sin limitarse, a los derivados de la Devolución y/o Reversión de recursos de una operación de pago.
17.4. Garantizar que el valor cobrado al Originador al leer el Código QR sea el que corresponde al definido por el Comercio.
17.5. Si el Cliente evidencia inconvenientes técnicos notificará al Participante para que, en caso de requerirse, este informe y requiera la solución a su proveedor tecnológico para revisión y solución a la mayor brevedad.

18. Responsabilidad


18.1. El Participante no será responsable por:

• Información incorrecta suministrada por el Cliente
• Uso indebido de las Llaves o Códigos QR cuando tal situación no se haya dado por responsabilidad del Participante.


18.2. El Cliente asume responsabilidad por la veracidad y actualización de la información.

19. Terminación


Con la aceptación del presente documento, el Cliente autoriza al Participante para suspender y/o terminar totalmente el Servicio en los siguientes eventos:
19.1. Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le corresponden al Cliente en virtud del presente documento o la normatividad aplicable.
19.2. Cuando se utilice el Servicio para fines distintos de aquellos para los cuales fue otorgado.
19.3. Por cancelación de la Cuenta.
19.4. Cualquier otra circunstancia objetiva que amerite alguna de las limitaciones.

20. Canales de atención


En el evento de presentar alguna inquietud relacionada con el podrá contactarse a través de los siguientes canales de atención:
Teléfono: 601 7434222 Extensión 72175 Bogotá
Correo electrónico: dl_clientservicecash@santander.com.co


21. Devolución y/o Reversión


En caso de que cualquier pago y/o transferencia efectuada en virtud del Servicio sea objeto de una solicitud de Devolución y/o Reversión, se cursará el trámite establecido por la regulación aplicable. Con la aceptación del presente Reglamento, el Cliente autoriza al Banco a debitar en cualquier momento de su Cuenta los recursos necesarios para satisfacer cualquier costo o gasto que hubiera sido asumido por el Banco como consecuencia de una Devolución y/o Reversión.

22. Modificaciones


El Participante podrá modificar, limitar o adicionar el presente documento en cualquier momento, en cuyo caso, informará a los Clientes las modificaciones efectuadas a través el medio que considere idóneo y mantendrá publicadas las diferentes versiones en su página web. Si anunciada la modificación, limitación o adición al Cliente, éste no se presentara a dar por terminado el Servicio en un término de quince (15) días calendarios contados a partir de la respectiva comunicación o si continúa con la ejecución del mismo, se entenderá que acepta dichas modificaciones, limitaciones o adiciones.

23. Vigencia y modificaciones


Los términos de este reglamento entran en vigencia desde su aceptación por parte del Cliente.




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